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Organizaciones piden a la SCJN resolver contradicción sobre reelección de magistrados electorales

Organizaciones piden a la SCJN resolver contradicción sobre reelección de magistrados electorales

Ciudad De México, 16 de junio de 2026.- Las organizaciones Laboratorio Electoral y el Consejo Nacional de Litigio Estratégico solicitaron la intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para resolver la contradicción existente sobre la reelección de los magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Las acciones promovidas ante la Suprema Corte buscan frenar que los actuales integrantes de la Sala Superior puedan competir en la elección judicial de 2028 y tener la posibilidad de reelegirse. En un documento promovido por ambas organizaciones civiles, se señala que “la competencia corresponde al Pleno de la Suprema Corte, y no a la propia Sala Superior, que no puede ser juez y parte respecto de su propia integración”.

Las organizaciones indican que la contradicción surge porque el Artículo 99 de la Constitución mandata un periodo exclusivo de seis años para los magistrados electorales, mientras que la pasada reforma electoral estableció un artículo transitorio para permitir su reelección. Aclararon que su impugnación no es contra la reforma electoral en sí, sino para que el Alto Tribunal resuelva la discrepancia y determine en definitiva si las magistraturas electorales se pueden reelegir.

Según los planteamientos, permitir la reelección de los magistrados sin solventar primero esta contradicción generaría un precedente peligroso para el país. La reforma judicial de 2024 amplió el periodo de los magistrados del TEPJF hasta 2027, siendo estos los únicos operadores judiciales no sometidos a elección.

Adicionalmente, al aplazarse la elección judicial a 2028, se otorgó otra prórroga en el cargo a dichos funcionarios. Asimismo, en un transitorio se estableció que podrían anotarse como candidatos y buscar la reelección, situación que las organizaciones buscan que sea clarificada por el Pleno de la SCJN.

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