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INE acorta plazo a Movimiento Ciudadano para adecuar documentos sobre paridad y violencia política

INE acorta plazo a Movimiento Ciudadano para adecuar documentos sobre paridad y violencia política

Ciudad de Mexico, 01 de julio de 2026.- La Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto Nacional Electoral (INE) estableció el 17 de agosto de 2026 como fecha límite para que Movimiento Ciudadano (MC) adecue sus documentos básicos en materia de paridad sustantiva y violencia política contra las mujeres en razón de género.

El proyecto original del organismo electoral contemplaba otorgar al partido hasta el 31 de agosto de 2026 para realizar los cambios. Sin embargo, la mayoría de los consejeros del INE propuso acortar el plazo al 17 de agosto, argumentando que se trata de un incumplimiento reiterado por parte de la organización política.

Al respecto, el consejero Arturo Chávez declaró: “Es algo que viene arrastrándose durante años, entonces, no entiendo por qué se les debe dar el mismo trato. El cumplimiento debió haberse dado desde hace mucho tiempo”. En esta postura coincidieron los consejeros Arturo Castillo, Carla Humphrey y Norma de la Cruz.

Este procedimiento sancionador se inició a finales de 2024, después de que en abril de ese mismo año el INE emitiera lineamientos para que todos los partidos armonizaran sus estatutos con las reglas sobre violencia política contra las mujeres. Tras considerar acciones y omisiones como tácticas dilatorias, la autoridad electoral fijó y ratificó en 2025 una multa de un millón de pesos contra MC.

Tras la imposición de la sanción económica, el partido presentó apelaciones ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). En febrero de 2026, la sala superior de este tribunal confirmó la multa impuesta por el INE y ordenó individualizarla, ampliando los argumentos de la sanción, pero no la retiró.

De acuerdo con la información disponible, si MC desacata el nuevo plazo, la ley prevé la imposición de una multa mayor. No obstante, la normativa indica que antes de llegar a la pérdida de registro partidista, deben imponerse nuevas sanciones o apercibimientos adicionales. La pérdida de registro ocurre cuando los partidos no alcanzan el 3 por ciento de la votación en una elección nacional, son declarados extintos o incumplen de manera grave y sistemática sus obligaciones constitucionales y legales.

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