Ignacio Mier descarta leyes secundarias para el Plan B; contrato médico del INE queda en vilo
Ciudad De México, 14 de abril de 2026.- Ignacio Mier Velazco, líder de Morena en el Senado, descartó que se promulguen leyes secundarias del Plan B electoral durante los 16 días que restan del periodo de sesiones ordinarias. El legislador sostuvo que la aplicación de la reforma, así como el ahorro de recursos en congresos estatales y ayuntamientos y la integración de cabildos, pueden avanzar sin necesidad de nueva legislación.
“Las leyes secundarias, muchas de ellas, en mi opinión personal, tienen que ver ya con atribuciones que tiene el propio Instituto Nacional Electoral”, declaró Mier Velazco. Respecto a las remuneraciones, explicó: “Ejemplo: al ajustarse ellos a la disposición constitucional y a la ley secundaria en materia de remuneraciones, no requerimos una ley secundaria o alguna ley que reglamente lo que está establecido en la Reforma Constitucional”.
Paralelamente, la entrada en vigencia del Plan B electoral ha puesto en vilo el contrato vigente entre el Instituto Nacional Electoral (INE) y Seguros Atlas por Gastos Médicos Mayores. La reforma estableció en la Constitución la prohibición a los organismos electorales de contratar con dinero público seguros de gastos médicos privados. Para el INE, estos seguros representan un costo de 335 millones de pesos entre 2026 y 2027.
El contrato del instituto podría volverse violatorio de las nuevas reglas de inmediato, dado que no se incluyeron artículos transitorios que indicaran qué sucedería con instrumentos vigentes de este tipo. Aunque el cuarto transitorio de la reforma señala que el INE deberá revisar y adecuar sus disposiciones normativas, administrativas y presupuestarias para garantizar el cumplimiento del decreto, la situación legal del seguro permanece incierta.
El texto del fallo de la licitación del seguro incluye una cláusula que permite al INE cancelar el contrato por falta de presupuesto o por cuestiones legales, como la entrada en vigor del Plan B. Aunque existe suficiencia presupuestal para el pago del seguro este año, su cancelación, en caso de ocurrir, se derivaría exclusivamente de la nueva normativa constitucional.
La cláusula citada establece que “la erogación del recurso para los ejercicios fiscales 2025, 2026 y 2027 estará sujeto a la disponibilidad presupuestal que apruebe la Cámara de Diputados y el presupuesto que apruebe el Consejo General del Instituto, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes, cualquier pacto en contrario se considerará nulo”.


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