Cámara de Diputados aprueba nueva Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
Ciudad De México, 28 de marzo de 2026.- El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, una reforma destinada a modernizar y agilizar los juicios administrativos en el país. La votación en lo general registró 363 sufragios a favor, 25 abstenciones y 64 en contra, mientras que en la discusión en lo particular se emitieron 328 votos a favor, 119 en contra y cero abstenciones.
Entre los aspectos centrales de la minuta recibida del Senado destaca el establecimiento de un plazo máximo de seis meses para resolver los casos que se tramiten mediante la vía sumaria. Asimismo, se implementaron plazos máximos para las actuaciones de los magistrados instructores y se fijaron términos más estrictos para la práctica de notificaciones, con el objetivo de evitar dilaciones procesales.
La legislación también incorpora la posibilidad de que los juicios sean tramitados electrónicamente a través del Sistema de Justicia en Línea. En materia de cuantía, existen discrepancias en los reportes sobre el monto límite para la procedencia de la vía sumaria: una fuente indica que se incrementa de 15 a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual, mientras que otra establece un límite de resoluciones cuyo importe no exceda de 15 veces la UMA anual.
Adicionalmente, la reforma adiciona supuestos para negar la suspensión del acto impugnado cuando se afecte el interés social o se contravengan disposiciones de orden público, aplicable en casos de actividades sin autorización o conductas ilícitas. También se incluye como nuevo supuesto la impugnación de resoluciones sobre devoluciones de contribuciones y se plantea un plazo común de cinco días para aquellas actuaciones del Tribunal que no cuentan con término específico.
El dictamen avanzó en lo particular con únicamente una modificación en el artículo 19, relacionada con los plazos de resolución. Con esta aprobación, se actualizan las referencias al Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares y se modifica el procedimiento para casos de atracción y recusación de magistrados, buscando eficiencia en la impartición de justicia administrativa.


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