IEEBC aclara que investiga denuncias electorales, pero corresponde a tribunales dictar sanciones
Tijuana, 12 de julio de 2026.- El consejero presidente del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), Luis Alberto Hernández Morales, defendió la actuación del organismo y aclaró que la institución está obligada a investigar las conductas denunciadas cuando existen elementos para ello, mientras que corresponde a los tribunales determinar si hubo alguna infracción electoral o por violencia política en razón de género.
La controversia surge por un procedimiento electoral relacionado con una denuncia presentada por la síndica procuradora de Tijuana, Teresita Balderas Beltrán. La funcionaria sostuvo que sus denuncias fueron dirigidas únicamente contra dos particulares y no contra la Agencia Fronteriza de Noticias (AFN), atribuyendo la incorporación de este medio al procedimiento a diligencias realizadas por las autoridades electorales.
Ante el contexto, Hernández Morales evitó pronunciarse sobre el expediente en particular. “Sobre casos en concreto no me puedo pronunciar. Lo que le puedo explicar en términos generales, las normas electorales, incluidas las que contemplan infracciones en materia electoral y posibles infracciones por violencia política en razón de género, están contempladas en la Ley Electoral y en una ley especial”, señaló.
El funcionario explicó que, cuando se presenta una denuncia, el IEEBC debe analizar los hechos y, si existen elementos, dar seguimiento mediante el Procedimiento Especial Sancionador. Detalló que cualquier persona puede ser señalada como presunta infractora dentro de este tipo de procedimientos.
“Todas las personas, no solamente quienes ejercen el periodismo, todas en general, pueden ser señaladas como presuntas infractoras y el Instituto Estatal Electoral lo que tiene que hacer es, si hay elementos, dar seguimiento, hacer una investigación y esto se tramita a través del procedimiento especial sancionador”, indicó Hernández Morales.
Finalmente, el consejero presidente precisó que la función del IEEBC consiste en documentar las conductas denunciadas e integrar el expediente para remitirlo al Tribunal de Justicia Electoral, instancia encargada de determinar si existió alguna infracción. “El criterio finalmente último que debe aplicarse es el que definen los tribunales”, concluyó.

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