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SCJN ordena a Xcaret suspender uso de símbolos mayas en publicidad

SCJN ordena a Xcaret suspender uso de símbolos mayas en publicidad

Ciudad De México, 28 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la empresa Xcaret debe suspender el uso de elementos de la cultura Maya en su publicidad mientras se resuelve el fondo del litigio. Por una votación de siete a dos, los ministros revocaron la suspensión definitiva que anteriormente permitía a la compañía continuar con la difusión de contenidos que utilizan dicha simbología, priorizando la protección del patrimonio ancestral sobre el interés comercial.

El conflicto legal surgió después de que el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor), representando a integrantes de la comunidad Maya que denunciaron el hecho, ordenara medidas cautelares para retirar de circulación materiales publicitarios con elementos del patrimonio cultural. Xcaret impugnó estas acciones argumentando que contaba con una autorización del Gran Consejo Maya, lo que llevó a un juzgado de distrito a conceder inicialmente una suspensión a favor de la empresa turística, decisión que ahora ha sido revertida por el máximo tribunal.

La ministra María Estela Ríos González, autora del proyecto aprobado, señaló que aunque es positivo que las empresas realicen inversiones que beneficien a las comunidades, esto no las faculta para disponer indebidamente del patrimonio cultural de los pueblos indígenas ni del patrimonio de la nación. La ponente defendió que la protección de estos bienes es de interés público y social, prevaleciendo sobre cualquier contrato privado.

En sentido contrario, la ministra Yasmín Esquivel emitió un voto disidente, argumentando que se debe respetar la voluntad del Gran Consejo Maya, entidad reconocida en leyes de protección indígena desde 1998. Esquivel destacó que existe un escrito con 209 firmas de comisariados ejidales, alcaldes, delegados, subdelegados y jueces tradicionales que apoyan el acuerdo comercial firmado con la empresa, el cual incluye una contraprestación económica.

La resolución de la SCJN establece que la medida cautelar de suspensión del uso de la simbología entra en vigor de inmediato, obligando a la empresa a retirar los contenidos de sus canales de difusión y sitio web. El tribunal deberá resolver en una etapa posterior el fondo del asunto, donde se definirá la validez jurídica de los acuerdos entre la industria turística y las autoridades representantes de los pueblos originarios.

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