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SCJN establece jurisprudencia para impugnar leyes electorales por discriminación vía amparo

SCJN establece jurisprudencia para impugnar leyes electorales por discriminación vía amparo

Ciudad De México, 28 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció una nueva jurisprudencia que permite impugnar leyes electorales mediante el juicio de amparo cuando se alegue discriminación, resolviendo así la contradicción de criterios 108/2025. El máximo tribunal determinó que no es procedente desechar de plano una demanda de amparo únicamente porque la norma cuestionada esté contenida en una ley electoral o emane de una autoridad electoral.

La decisión fue aprobada durante la sesión del 25 de marzo de 2026 con una votación de seis votos a favor y tres en contra. Este criterio jurídico abre la posibilidad de que personas o grupos que se consideren afectados por normas electorales discriminatorias puedan acceder a la protección judicial directa a través del amparo, sin estar obligados a agotar otras vías legales previas.

En la discusión del caso participó la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien formó parte de la minoría de tres ministros que votaron en contra de la tesis aprobada. Los ministros disidentes argumentaron que la vía correcta para cuestionar la constitucionalidad de estas leyes debe ser la acción de inconstitucionalidad o los medios de impugnación específicos en materia electoral, y no el juicio de amparo.

Con esta resolución, la SCJN modifica el entendimiento previo sobre la procedencia del amparo contra normas generales electorales, priorizando la protección de derechos humanos frente a formalidades procesales cuando existe un planteamiento de discriminación. La jurisprudencia obliga a los tribunales federales a estudiar el fondo de las demandas que cumplan con estos requisitos, evitando su desechamiento automático.

La definición de este criterio tiene implicaciones para futuros litigios relacionados con los derechos políticos de grupos vulnerables, incluyendo a la comunidad LGBT+, quienes habían promovido amparos originales que derivaron en la necesidad de unificar criterios. La postura mayoritaria de la Corte busca garantizar que las restricciones normativas no impidan el acceso a la justicia en casos de presuntas violaciones a la igualdad.

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